miércoles, 3 de febrero de 2010

Casas Verdes



El tono dominante en las casas del futuro será el verde, sin que ello signifique que haya que pintar las paredes de ese color, sino conseguir que el edificio sea energéticamente eficiente y respetuoso del medio ambiente.

Muchos expertos también matizan que el futuro en este contexto significa empezar desde ya a introducir cambios tanto en las edificaciones nuevas como en las ya existentes.

-Tan sólo en cuanto a impacto de carbono, en el mundo desarrollado los edificios y casas están un 90% por debajo de lo que deberían-, señala Alisdair McGregor, de la firma global de ingeniería y diseño Arup.

McGregor añade que el objetivo del Instituto Americano de Arquitectos [AIA] es conseguir que para 2030 todas las nuevas construcciones tengan un -impacto cero-.

Pero las emisiones de carbono constituyen sólo uno de los muchos aspectos en los que los edificios pueden contribuir a mejorar el medio ambiente, ya que se estima que un 40% de la energía total que se consume en Estados Unidos se utiliza para los edificios [residenciales y comerciales].

Glen Salas, ingeniero sénior de la organización Sociedad para la Tecnología Avanzada [PATH], hace referencia a un estudio del año pasado de la entidad McGraw-Hill Construction, según el cual para 2010 entre el 40% y el 50% de las casas serán verdes —conteniendo al menos de tres a cinco componentes con esas características— frente al 2% de 2006.

Por el momento, ya varios estados —como California, Nueva York y Wisconsin— ofrecen algunos incentivos importantes hacia la inclusión de sistemas de energía eficiente y positivo impacto medioambiental.

Además, algunos propietarios consideran este tipo de mejoras como una inversión que añade valor al inmueble.


-Nosotros planeamos vender la casa como en unos tres años, pero creemos que una ventaja añadida cuando salga al mercado será contar con paneles solares-, dice Mónica Sherman, de Chino, California, quien acaba de reinvertir 28 mil dólares sacados de la plusvalía de su vivienda en instalar el sistema que permitirá que el sol sea la principal fuente de energía de la vivienda.

Paul Scott, experto en eficiencia energética de la firma EE Solar, de Pomona, comenta que en promedio se tarda entre ocho y 12 años en amortizar —mediante los descuentos en la factura eléctrica— este tipo de instalaciones solares, a partir de los cuales el ahorro es para siempre.

-Mi factura de la luz del año pasado fue de menos de 50 dólares y eso debido a las tarifas por el uso de contadores más que al consumo-, dice Scott, matizando que eso incluye toda la energía de su casa y la de su automóvil eléctrico.

Claire Boham-Carter, directora regional de Desarrollo Sostenible de Faber Maunsell, firma que está trabajando con el gobierno británico en un proyecto de mejora energética, comenta que en la Unión Europea [UE] existe ya un sistema de calificaciones de la A a la G que indica en qué medida la residencia o edificio en cuestión es -eficiente- y respetuoso del medio ambiente.

-Se trata de una directiva que todavía tiene que desarrollarse en los diferentes países de la UE, pero significará, entre otras cosas, que el valor de mercado de las viviendas va a verse pronto afectado por esa calificación-, dice Boham-Carter, sugiriendo que lo que ya está sucediendo en Europa puede ser una pista de lo que podría pasar pronto en Estados Unidos.

Según PATH, a pesar del peso de la construcción residencial en la economía del país, las inversiones en mejoras tecnológicas en esta industria son mínimas.

Esta organización reporta que puede tomar entre 10 y 25 años para que una nueva tecnología residencial penetre completamente en el mercado.

-La razón principal es que los constructores no están familiarizados con las nuevas tecnologías y se resisten a probar algo nuevo-, dice Salas.

El ingeniero añade que aunque construir de forma -más verde- puede incrementar los costos, también en muchos casos ocurre lo contrario.

-Las viviendas total o parcialmente construidos en fábrica cuestan menos porque se hacen más deprisa y generan menos residuos-, comenta Salas, quien explica que el aislamiento con que cuentan muchos de estas viviendas puede reducir los costos del sistema de calefacción y aire acondicionado entre un 30% y un 40%.

Dichos ahorros, y la buena conciencia que crea el uso de sistemas y productos beneficiosos para el medio ambiente, son cada vez más apreciados por los consumidores.

-Muchos compradores los valoran con tanto o más interés que el estado de los baños o de la cocina-, dice Scott, subrayando que la actitud de los consumidores está siendo decisiva a la hora de impulsar la demanda de -casas verdes-.

martes, 2 de febrero de 2010

TITULOS VALORES

1.- LOS TÍTULOS VALORES.


Los Títulos Valores.


Un Título Valor es un documento mercantil en el que está incorporado un derecho privado patrimonial, por lo que el ejercicio del derecho está vinculado jurídicamente a la posesión del documento.

En las compraventas que se realizan dentro del tráfico mercantil está muy extendida la utilización de algunos títulos valores como medio de pago y, en ocasiones, como instrumento de crédito.

En concreto los títulos valores más utilizados en el tráfico mercantil son:

- - La letra de cambio.

- - El cheque.

- - El pagaré.

Estos títulos valores se encuentran regulados en la Ley Cambiaria y del Cheque, Ley 19/1985, de 16 de julio (B.O.E. núm. 172, de 19 de julio).



Clasificación de los Títulos Valores.


1.- Títulos valores a la orden:

Son aquellos que se extienden a favor de una persona determinada, pudiendo ésta transmitirlos a otra persona por medio de la fórmula del endoso.

No es necesario notificar a la persona obligada al pago (deudor) la transmisión efectuada. Debiendo responder el endosante (acreedor original o posteriores) frente al endosatario (acreedor actual) de la solvencia económica de la persona obligada al pago.

A este tipo de título valor pertenece la letra de cambio.

2.- Títulos valores al portador:

Son aquellos que reconocen un derecho a favor de la persona indeterminada que posea el documento.

Se pueden transmitir estos títulos valores por la mera entrega del documento a otra persona. Debiendo abonar el crédito el emitente (deudor) en la fecha del vencimiento a cualquier poseedor legítimo.

A este tipo de título valor pertenece el cheque al portador.


3.- Títulos valores nominativos:

Son aquellos que reconocen un derecho a favor de una persona determinada.

Para la transmisión de estos títulos valores, además de la entrega del documento, es necesaria notificación al emitente (deudor) para la inscripción de la misma en su libro registro de títulos.

A este tipo de título valor pertenece el pagaré y el cheque nominativo.





2.- LA LETRA DE CAMBIO.


Concepto:

Es un título valor que se extiende por una persona (acreedor - librador) y recoge una obligación de pago aceptada por otra persona (deudor - librado) de una cantidad determinada en la fecha de su vencimiento.

En el caso de transmisión de la letra de cambio, mediante la fórmula del endoso, el pago deberá realizarse al endosatario (acreedor actual). Debiendo responder el endosante (acreedor original o posteriores) frente al endosatario (acreedor actual) de la solvencia económica de la persona obligada al pago (deudor).


Funciones:

En el tráfico mercantil la letra de cambio puede cumplir las siguientes funciones:

- - Medio de pago, sustituyendo el pago en moneda.

- - Instrumento de crédito, garantizando un pago aplazado.

- - Medio para obtener un crédito, mediante el descuento bancario.

Elementos personales:

• Librador: persona que emite la letra de cambio (acreedor) dando la orden de pago a otra persona (deudor).

• Librado: persona a la que va dirigida la orden de pago (deudor).

• Endosante: acreedor (original o posteriores) que transmite su derecho de cobro.

• Endosatario: persona (acreedor actual) a quien se ha transmitido el derecho de cobro.

• Tenedor: persona poseedora del título en cada momento.

• Avalista: persona que garantiza, en todo o parte, el pago.


Elementos formales:

- Denominación de letra de cambio en el texto del título valor.

- Orden de pago, estableciéndose el importe concreto.

- Nombre y domicilio de la persona que emite o libra la letra de cambio (librador).

- Lugar y fecha del libramiento.

- Vencimiento, momento del pago.

- Lugar de pago.

- Nombre y domicilio de la persona a la que va dirigida la orden de pago (deudor).

- Aceptación de la orden de pago por el librado.

- Cláusulas añadidas (relativas al protesto principalmente), en su caso.


Vencimiento:

El vencimiento, o momento del pago, puede ser:

- A la vista: debiendo pagarse en el momento de su presentación.

- A un plazo contado desde la fecha del libramiento.

- A un plazo contado desde la vista.


Endoso:

La letra de cambio y, por tanto, el derecho de cobro, se puede transmitir a otra persona mediante la fórmula del endoso tantas veces como se quiera.


En caso de endoso el pago deberá realizarse por el librado (deudor) al endosatario (acreedor actual). Debiendo responder el endosante (acreedor original o posteriores) frente al endosatario de la solvencia económica del librado.

La declaración del endosante se debe realizar en el reverso de la letra de cambio, en el espacio destinado al endoso.


Aval:

El aval es el compromiso que adquiere una tercera persona de realizar el pago, en caso de no hacerlo el librado. Pudiendo comprender la totalidad de la deuda o parte de ella.

El aval se debe hacer constar en el reverso de la letra de cambio.



Protesto:

El protesto deviene como consecuencia del impago de la letra de cambio. Es la acción de reclamar el pago de la letra y se consigna en un documento escrito, preferentemente un protesto notarial.



EL CHEQUE.


Concepto:

Es un título valor emitido por una persona (librador) en el que se contiene una orden de pago a cargo de otra (librado) a favor del tenedor legítimo del documento (librador o tercero).

La emisión del cheque debe librarse necesariamente contra un banco o entidad de crédito que tenga fondos existentes a disposición del librador.

El concepto de cheque engloba también el concepto de talón.


Funciones:

El cheque nos permite disponer de nuestros fondos en un banco o entidad de crédito y utilizarlo como medio de pago.


Diferencia con la letra de cambio:

La letra de cambio contiene una orden de pago a una persona concreta designada en el título valor.

Mientras que en el cheque la orden de pago va dirigida a un banco o entidad de crédito, que, teniendo fondos disponibles del librador, debe hacerla efectiva a favor del tenedor legítimo del título valor.


Elementos personales:

• Librador: persona que emite el cheque, dando la orden de pago.

• Librado: banco o entidad de crédito al que va dirigido la orden de pago.

• Tenedor: persona poseedora del título en cada momento y, por tanto, destinataria del pago.

• Endosante: tenedor que transmite el cheque.

• Endosatario: persona a cuyo favor se realiza el endoso.

• Avalista: persona que garantiza, en todo o parte, el pago.


Elementos formales:

- Denominación de cheque en el texto del título valor.

- Orden de pago, estableciéndose el importe concreto.

- Firma del librador.

- Lugar y fecha de la emisión del cheque.

- Nombre y domicilio del librado (banco o entidad de crédito).

- Lugar de pago.


Tipos de Cheque:


• A) Cheque al portador:

Deben abonarse al tenedor, el cual no está determinado en el título valor.


• B) Cheque nominativo:

Deben abonarse a la persona concreta designada en el título valor.

- Cheque cruzado: En este tipo de cheques el librador o el tenedor pueden cruzar el cheque por medio de dos barras paralelas sobre el anverso, con lo cual el librado sólo puede pagarlo a determinadas personas.

• Cruzado General: Contendrá dentro de las barras la mención “Banco o compañía”

• Cruzado Especial: Contendrá dentro de las barras la mención de un Banco concreto.


- Cheque para abonar en cuenta: En este tipo de cheques el librado no puede abonar el importe en efectivo, sólo puede abonarlo mediante ingreso en cuenta.


Transmisión del Cheque:

Los cheques al portador se transmiten mediante la mera entrega de los mismos a otra persona.

Los cheques nominativos son transmisibles por medio de la fórmula del endoso, con excepción de aquellos que contengan la cláusula “no a la orden” u otra equivalente.

5.- EL PAGARÉ.


Concepto:

Es un título valor que contiene una promesa de pago de una cantidad determinada por una persona (firmante) a favor de una persona determinada (tenedor).

El firmante de un pagaré queda obligado de igual manera que el aceptante de una letra de cambio.


Es el título valor menos conocido, guardando grandes similitudes con la letra de cambio.


Elementos personales:

• Firmante o emisor: persona que realiza la promesa de pago y emite el pagaré.

• Tenedor: persona a quien se debe realizar el pago.

• Endosante: tenedor que transmite el pagaré.

• Endosatario: persona a cuyo favor se realiza el endoso.


Elementos formales:

- Denominación de pagaré en el texto del título valor.

- Promesa de pago, estableciéndose el importe concreto.

- Vencimiento, momento del pago.

- Lugar y fecha de la emisión del pagaré.

- Nombre y firma del firmante.

- Nombre y domicilio del tenedor.

- Lugar de pago.


Diferencias con la letra de cambio:

A diferencia de la letra de cambio, en el pagaré el librador (persona que emite el pagaré) y el librado (persona a la que va dirigida la orden de pago) son la misma persona.

6. Bonos

El bono es una de las formas de materializarse los títulos de deuda, de renta fija o variable. Pueden ser emitidos por una institución pública, un Estado, un gobierno regional, un municipio o por una institución privada, empresa industrial, comercial o de servicios. También pueden ser emitidos por una institución supranacional (Banco Europeo de Inversiones, Corporación Andina de Fomento...), con el objetivo de obtener fondos directamente de los mercados financieros. Son títulos normalmente al portador y que suelen ser negociados en algún mercado o bolsa de valores. El emisor se compromete a devolver el capital principal junto con los intereses, también llamados cupón. Este interés puede tener carácter fijo o variable, tomando como base algún índice de referencia como puede ser el euribor.

Tipos de bonos

Los principales tipos de bonos son:

Bono canjeable: Bono que puede ser canjeado por acciones ya existentes. No provoca ni la elevación del capital ni la reducción del valor de las acciones.
Bono Convertible: Bono que concede a su poseedor la opción de canjearlo por acciones de nueva emisión a un precio prefijado. Ofrece a cambio un cupón (una rentabilidad) inferior al que tendría sin la opción de conversión.

Bono cupón cero: Título que no paga intereses durante su vida, sino que lo hace íntegramente en el momento en el que se amortiza, es decir cuando el importe del bono es devuelto. En compensación, su precio es inferior a su valor nominal.

Bonos del estado (España): Títulos del Tesoro público a medio plazo (2-5 años). Su nominal es de 1.000 euros y el pago de los intereses se realiza anualmente. Además de los Bonos, el Estado Español emite otros valores parecidos (véase Deuda pública).

Bonos de caja. Títulos emitidos por una empresa, que se compromete a reembolsar al vencimiento fijado el préstamo pactado; los recursos obtenidos con la emisión de estos bonos se dedican a las necesidades de tesorería de la empresa.

Strips: Algunos bonos del Estado son "strippables", o divididos, puede segregarse el valor del bono en cada uno de los pagos que se realizan, distinguiendo básicamente los pagos en concepto de intereses (cupones) y el pago del principal, y negociarlos por separado.

Bonos de deuda perpetua: Son aquellos que nunca devuelven el principal, (esto es, el nominal del bono, que generalmente coincide con la inversión inicial), sino que pagan intereses (cupones) regularmente de forma indefinida. Son los más sensibles a variaciones en el tipo de interés.

Bonos basura, que se definen como títulos de alto riesgo y baja calificación, que ofrece, en contrapartida, un alto rendimiento.

A los propietarios de bonos se les conoce con el nombre de "tenedores" o "bonistas". Algunas emisiones de bonos llevan incorporadas opciones o warrants que permiten amortizaciones anticipadas, conversión en acciones o en otros activos financieros, etc.

El precio de un bono se calcula al actualizar los flujos de pago de ese bono. Esa actualización se hace mediante el descuento financiero (en capitalización simple o compuesta, según el vencimiento) de dichos flujos, y un tipo de interés. A medida que aumente el tipo de interés de descuento (esto es, en cierta medida, el riesgo asociado a ese bono), disminuirá el precio y viceversa.

Riesgo del bono [editar]Dentro del riesgo asociado a un bono podemos distinguir fundamentalmente entre:

Riesgo de mercado: que varíe el precio del bono por variación en los tipos de interés del mercado.

Riesgo de crédito: posibilidad de que el emisor del bono no pueda/quiera (en caso de repudio) hacer frente a sus pagos derivados de dichos instrumentos de renta fija.

También son muy comunes en los mercados emergentes los bonos amortizables, o del inglés sinking fund. La particularidad que tiene este instrumento, es que va retornando el nominal o capital adeudado en cuotas o mediante un programa de amortizaciones. A medida que se concretan las amortizaciones, el nominal va disminuyendo al igual que los intereses ya que los mismos, siempre se calculan sobre nominal o capital adeudado o residual.

7. Aval

El aval es un compromiso solidario de pago de una obligación a favor del acreedor o beneficiario, otorgada por un tercero para el caso de no cumplir el obligado principal con el pago de un título de crédito. El aval implica la voluntad de una tercera persona inmersa en el título de manera unilateral, a dicha persona se le llama avalista.

El Aval Bancario es un caso particular de aval, en el que el avalista es el banco o entidad de crédito.

Se trata de un instrumento por el cual el tercero (avalista) se compromete a cubrir el pago del monto del título de crédito y sus intereses, en el caso de que el deudor original (avalado) no cumpliere con lo que le corresponde.

En estricto derecho la figura del aval sólo se aplica respecto a los títulos de crédito, aun cuando en lo coloquial se entiende cuando cualquier tercero apoya el actuar de una persona.

Normalmente, quien quiere recibir un préstamo necesita alguien que le avale si suscribe algún titulo de crédito. Es decir, necesita demostrar al banco o a la entidad que le presta el dinero que, en caso de que no pueda devolver el préstamo en los pagos acordados, dicha entidad podrá requerir el pago y aún rematar los bienes tanto del avalado como del avalista para cubrir el resto del préstamo que no haya sido devuelto.

En los contratos de mutuo con garantía hipotecaria, aun cuando la garantía es el inmueble, suele documentarse el pago con títulos de crédito y es frecuente que los bancos pidan avalistas que respondan del pago de las cuotas en el caso de que el deudor no lo hiciera. Existen avalistas pignorados o no pignorados y se diferencian en la necesidad de hacer un depósito económico previo.

La figura del aval es diferente a la fianza y a la deuda solidaria. El avalista sólo se compromete en títulos de crédito y es siempre solidario. El fiador se compromete en un contrato de fianza y goza de los beneficios de orden y de excusión. El deudor solidario se compromete contractual o cambiariamente. Un aval es imprescindible para conceder un préstamo.

7.TES

Los títulos de tesorería creados en la ley 51 de 1990 son títulos de deuda pública interna emitidos por el Gobierno Nacional. Existen dos clases de títulos: clase A y clase B. Los primeros fueron emitidos con el objeto de sustituir la deuda contraída en las operaciones de mercado abierto realizadas por el Banco de la República. Los segundos se emiten para obtener recursos para apropiaciones presupuéstales y efectuar operaciones temporales de la Tesorería del Gobierno Nacional. En la actualidad solamente se emiten los títulos de clase B. El plazo se determina de acuerdo con las necesidades de regulación del mercado monetario y de los requerimientos presupuéstales o de tesorería, y fluctúa entre 1 y 7 años. El rendimiento de los títulos lo determina el Gobierno Nacional de acuerdo con las tasas del mercado para el día de colocación de los mismo.

8. ACCIONES

Una acción es una parte alícuota del capital social de una sociedad anónima. Representa la propiedad que una persona tiene de una parte de esa sociedad. Normalmente, salvo excepciones, las acciones son transmisibles libremente y otorgan derechos económicos y políticos a su titular (accionista).

Como inversión, supone una inversión en renta variable, dado que no tiene un retorno fijo establecido por contrato, sino que depende de la buena marcha de dicha empresa.


La diferencia entre una acción y un bono u obligación radica en que con la acción se es dueño de los activos de la empresa, mientras que en el caso de poseer un bono u obligación solamente se adquiere o compra parte de la deuda de la empresa o entidad emisora.

En el caso de los bonos u obligación, se es un acreedor de esa empresa, y se tiene derecho a la devolución de la deuda con sus intereses. Son inversiones en renta fija. Sin embargo, en la acción se es propietario de dicha empresa, con mayor riesgo de pérdida de la inversión si el negocio va mal, así como mayor margen de ganancia si va bien.


Las formas de representación de las acciones son:

Títulos al portador: Puede ejercer los derechos inherentes a la acción quien posee el título.
Títulos nominativos: Para su transmisión es necesario realizar una cesión formal.
Escritura pública: Muy usado en empresas pequeñas o familiares, pero con poca flexibilidad para el tráfico de las acciones.
Anotación en cuenta: Muy importante en la actualidad para acelerar las transacciones. Es indispensable en sociedades que cotizan en bolsa.

Clasificación de las acciones, Existen diferentes tipos de acciones:

Acciones comunes: Son las acciones propiamente dichas.

Acciones preferentes: Título que representa un valor patrimonial que tiene prioridad sobre las acciones comunes en relación con el pago de dividendos. La tasa de dividendos de estas acciones puede ser fija o variable y se fija en el momento en el que se emiten

Acciones de voto limitado: Son aquellas que sólo confieren el derecho a votar en ciertos asuntos de la sociedad, determinados en el contrato de suscripción de acciones correspondiente, no son más que una variante de las acciones preferentes.

Acciones convertibles: Son aquellas que tienen la capacidad de convertirse en bonos y viceversa, pero lo más común es que los bonos sean convertidos en acciones.
Acciones de industria: Establecen que el aporte de los accionistas sea realizado en la forma de un servicio o trabajo.

Acciones liberadas de pago o crías: Son aquellas que son emitidas sin obligación de ser pagadas por el accionista, esto se debe a que fueron pagadas con cargo a las utilidades que debió percibir éste.

Acciones con valor nominal: Son aquellas en que se hace constar numéricamente el valor del aporte.

Acciones sin valor nominal: Son aquellas que no expresan el monto del aporte, tan solo establecen la parte proporcional que representan en el capital social.

9. Carta porte

El art. 173 del Código de Comercio establece:

“Llámese carta de porte el documento que las partes otorgan para acreditar la existencia y condiciones del contrato, y la entrega de las mercaderías al porteador”.



II. Naturaleza Jurídica


Tal como lo define el art. 173 la carta de porte acredita la existencia y condiciones del contrato de transporte. Por tanto nos cabe preguntar si la carta de porte implica que el contrato de transporte se convierta en solemne.


En nuestra cátedra establecimos que la inexistencia de la carta de porte no implicaba que el contrato de transporte fuese solemne. El art. 179 del Código de Comercio dispone que “en defecto de la carta de porte, la entrega de la carga hecha por el cargador al porteador, podrá justificarse por cualquier medio probatorio”, por tanto, la carta de porte no es una formalidad especial que sin ella, el contrato de transporte no produce efecto alguno, pues en primer término, el legislador no la establece como una formalidad especial y en segundo término pues podemos recurrir a distintos medios de prueba para acreditar la existencia de el contrato de transporte.


El profesor XXX agrega un elemento conceptual, pues el art. 174 (Código de Comercio) señala que “convenidos los contratantes en el otorgamiento de la carta de porte (…)” por tanto, puede suceder que las partes señalen los elementos esenciales generales y especiales del contrato de transporte y en estos no se incluya la carta de porte, de todas maneras el contrato de marras se perfecciona, pues el otorgamiento de la carta de porte se distingue y separa del perfeccionamiento del contrato.



III. Contenido de la Carta de Porte


El art. 175 (Código de Comercio) establece:


Art. 175. La carta de porte debe expresar:

1° El nombre, apellido y domicilio del cargador, porteador y consignatario;

2° La calidad genérica de las mercaderías, su peso y las marcas y número de los bultos que las contengan:

3° El lugar de la entrega;

4° El precio de la conducción y la designación del obligado al pago;

5° El plazo en que debe hacerse la entrega de la carga;

6° El lugar, día, mes y año del otorgamiento;

7° El nombre, apellido y firma de las personas que concurren a su otorgamiento, presumiéndose que éstas representan al cargador y al porteador, y

8° Cualesquiera otros pactos o condiciones que acordaren los contratantes.


El art. 178 establece que la omisión de alguno de los numerales señalados anteriormente no destruye el mérito probatorio de la carta de porte. Tales omisiones podrán ser suplidas por cualquier medio de prueba.


10. Factura cambiaria

La factura es un documento con valor probatorio y que constituye un titulo valor, que el vendedor entrega al comprador y que acredita que ha realizado una compra por el valor y productos relacionados en la misma. La factura contiene la identificación de las partes, la clase y cantidad de la mercancía vendida o servicio prestado, el número y fecha de emisión, el precio unitario y el total, los gastos que por diversos conceptos deban abonarse al comprador y los valores correspondientes a los impuestos a los que este sujeta la respectiva operación económica. Este documento suele llamarse factura de compraventa.

El Código de comercio colombiano, en el artículo 772 define la factura como:
“Factura cambiaria de compraventa es un título valor que el vendedor podrá librar y entregar o remitir al comprador.
No podrá librarse factura cambiaria que no corresponda a una venta efectiva de mercaderías entregadas real y materialmente al comprador”.

Requisitos de la factura.

Para que una factura sea legalmente valida, y que pueda constituir un titulo valor, debe contener como mínimo los siguientes requisitos:

Código de comercio, Art. 774.

“La factura cambiaria de compraventa deberá contener, además de los requisitos que establece el artículo 621, los siguientes:
1) La mención de ser “factura cambiaria de compraventa”;
2) El número de orden del título;
3) El nombre y domicilio del comprador;
4) La denominación y características que identifiquen las mercaderías vendidas y la constancia de su entrega real y material;
5) El precio unitario y el valor total de las mismas, y
6) La expresión en letras y sitio visibles de que se asimila en sus efectos a la letra de cambio.
La omisión de cualquiera de estos requisitos no afectará la validez del negocio jurídico que dio origen a la factura cambiaria, pero ésta perderá su calidad de título-valor”.

RESUMEN:


Un Título Valor es un documento mercantil en el que está incorporado un derecho privado patrimonial, por lo que el ejercicio del derecho está vinculado jurídicamente a la posesión del documento.

En las compraventas que se realizan dentro del tráfico mercantil está muy extendida la utilización de algunos títulos valores como medio de pago y, en ocasiones, como instrumento de crédito.

En concreto los títulos valores más utilizados en el tráfico mercantil son la letra de cambio, el cheque y el pagaré.

domingo, 31 de enero de 2010

jueves, 28 de enero de 2010

TIPOS DE CONTRATO DE TRABAJO

Antes de hablar sobre los tipos de contratos que existen, es necesario saber, que de acuerdo con la ley laboral colombiana, un contrato es un acuerdo entre una persona natural el cuál se obliga a prestar un servicio a otra (natural o jurídica) bajo continua supervisión, cumpliendo órdenes e instrucciones y recibiendo por su labor, una remuneración.

En la actualidad existen varias modalidades de contratos y se clasifican según su forma o duración, así:

SEGÚN FORMA

  • Contrato verbal de trabajo: Como su nombre lo dice, es un acuerdo de palabra entre el empleador y el trabajador donde acuerdan qué labor se va a desarrollar, el lugar y la remuneración por el trabajo realizado. Éste tipo de contratos, por no ser escritos, se asumen como indefinidos.
    Para darle fin al contrato, la parte interesada debe enviarle a la otra un preaviso no inferior a 30 días calendario informándole la terminación de dicho contrato, la cuál debe ir por escrito para efectos de constancia o pruebas ante un proceso judicial.
  • Contrato escrito de trabajo: Para éste tipo de contrato, se requiere un documento donde se especifique toda la relación laboral entre empleador y trabajador siendo en puntuales en la labor a desarrollar, duración, remuneración y demás requisitos que pueden consultarse en el artículo 39 del código sustantivo de trabajo, en el siguiente vínculo: http://www.minproteccionsocial.gov.co/VBeContent/NewsDetail.asp?ID=15570&IDCompany=3

El contrato escrito de trabajo, aplica para contratos a término fijo, término indefinido, contratos de aprendizaje, contratos de trabajo con extranjeros no residentes en el país, enganches colectivos de trabajadores para laborar en el exterior, contrato de obra, contratos ocasionales o transitorios.

SEGÚN DURACIÓN

  • Contrato a término fijo: Este tipo de contratos contempla una duración entre mínimo un día y máximo tres años, según acuerden las partes. Es indispensable que el contrato quede por escrito; debe respetar el rango de tiempo establecido por la Ley 50 de 1.9901, y para la terminación del contrato se recomienda dejar por escrito el preaviso correspondiente de mínimo 30 días.

Cuando el periodo de tiempo del contrato es inferior a un (1) año, el periodo de prueba debe ser la quinta parte del tiempo acordado. Debe cumplirse el requisito de preaviso, salvo si la duración es menor a treinta días. Este tipo de contrato puede ser renovado hasta por tres (3) veces y por periodos iguales o superiores al inicial.
Puede presentarse que el contrato sea superior a un (1) año. En este caso debe cumplir las mismas condiciones y para su renovación aplica una prórroga por el mismo tiempo del contrato inicial.

  • Contrato de trabajo a término indefinido: La característica principal de éste contrato es que no tiene fecha de terminación. Las partes pueden darlo por terminado cuando lo decidan ya sea de manera unilateral, o por falta grave al reglamento o normas internas de la Empresa, que amerite su cancelación.
    Para la terminación del contrato, de común acuerdo, se recomienda pasar a la otra parte el preaviso al igual que en los demás tipos de contrato.
  • Contrato ocasional de trabajo: Este contrato no debe ser superior a 30 días y debe ser por una labor específica diferente a las actividades comunes de la Compañía. El trabajador recibe la remuneración acordada y al terminar no tiene derecho a ningún tipo de prestación, salvo en caso de un accidente, la empresa está en la obligación de prestarle los servicios de salud que requiera.
    De la misma manera puede ser renovable sin exceder los treinta días (30) días del contrato inicial.

EL SALARIO

Para la remuneración, existen tres tipos de salario: ordinario, mínimo legal e integral.

Salario ordinario: Es un salario básico, de una cuantía acordada por el trabajador y el empleador y que puede ser en dinero o especie. Debe incluir todas las prestaciones y acreencias laborales, reglamentadas por la ley colombiana y que se detallan más adelante.

Salario mínimo legal (smlv): El Gobierno Colombiano establece cada año, el salario mínimo que las empresas deben pagar a los trabajadores que laboren la jornada de 48 horas semanales. Para el año 2007, el salario mínimo mensual legal es de 433.700 y un subsidio de transporte de .800* En todo contrato existe la libertad de acordar el valor remunerado, sin embargo, debe respetarse siempre esta cuantía mínima.

Salario integral: En este tipo de remuneración se agrupa integralmente el salario básico acordado por las partes y lo correspondiente a todas las prestaciones y acreencias laborales a las que tiene derecho el trabajador, a excepción de las vacaciones.

OTROS TIPOS DE CONTRATO

  • Contrato de aprendizaje: Este tipo de contrato es una forma especial de vinculación a una Empresa, en el cuál, el practicante recibe formación teórica en una entidad de formación autorizada con el auspicio de una empresa patrocinadora que suministra los medios para que adquiera formación profesional metódica y completa requerida en el oficio2. Para más información ingrese al siguiente vínculo: https://ctp.uniandes.edu.co/Estudiantes/Programas/Practica_Academica/index.php

  • Contrato civil de prestación de servicios: Este tipo de contratos se celebra de manera bilateral entre una empresa y una persona (natural o jurídica) especializada en alguna labor específica. La remuneración se acuerda entre las partes. Este tipo de contratos no genera relación laboral ni obliga a la organización a pagar prestaciones sociales. La duración es igualmente en común acuerdo dependiendo del trabajo a realizar.

OBLIGACIONES

En la relación laboral se debe cumplir con unas obligaciones, las cuáles deben pagarse en diferentes épocas del año según sea el caso.

Al iniciar un contrato laboral, el empleador está en la obligación de realizar la afiliación del trabajador y sus beneficiarios, al sistema de salud (EPS), pensión, riesgos profesionales (ARP), Caja de compensación familiar. Existen diferentes entidades que prestan éstos servicios y de común acuerdo, entre empleador y trabajador, se puede escoger la empresa que va a cubrir el respectivo sistema.

Este tipo de obligaciones deben pagarse mensualmente y el porcentaje correspondiente de cada una de las partes, de acuerdo con la ley laboral para el año 2.007 es el siguiente:


Salud (EPS): Mensualmente se paga a la entidad el 12.5% del salario del trabajador, del cuál, 8.5% lo paga el empleador y 4% el trabajador.

Pensión: Mensualmente se paga a la entidad el 15.5% del salario del trabajador, del cuál, 11.625% lo paga el empleador y 3.875% el trabajador.

Riesgos Profesionales (ARP): Cada empresa se encuentra clasificada en un nivel de riesgo según actividad económica y labores desempeñadas por los trabajadores. De acuerdo con el porcentaje asignado, el cuál varía entre el 0.5% y el 8.7%; la empresa paga mensualmente a la entidad dicha suma del total de la nómina.

Horas Extras: Este pago es mensual, y el porcentaje varía dependiendo de la jornada. Para una jornada diurna, el recargo que debe pagarse al trabajador es del 25% sobre el valor ordinario de la hora. Para jornada nocturna, será del 75%. Los empleados que tienen un salario integral no tienen derecho a ésta acreencia.

Semestralmente, la empresa debe pagar a sus trabajadores la prima de servicios la cuál corresponde a 30 días de salario por año.

Las cesantías correspondientes a 30 días de salario por año se deben consignarse en el fondo escogido por el trabajador, anualmente, antes del 14 de Febrero de cada año. El 31 de Diciembre de cada año, se liquida el 12% correspondiente al interés de Cesantías y se consignan al trabajador. Tanto las Cesantías como sus intereses, no aplican para salarios integrales.

Otro derecho anual con el que cuenta el trabajador, son las vacaciones que pueden programarse con la empresa según el cronograma interno establecido, y deben ser de 15 días hábiles de descanso, remunerados.

Es aconsejable que antes de formalizar cualquier tipo de vinculación, usted como trabajador se informe con claridad acerca de las condiciones de contratación, sin temor ninguno a preguntar ni a exigir

RIESGOS PROFESIONALES

Cualquier condición de un trabajo que puede resultar en enfermedad o lesión y según las CARACTERÍSTICAS ENERGÉTICAS, el riesgo puede ser:

· RIESGO ESTATICO: Cuando la posibilidad del accidente o de enfermedad aumenta o disminuye a partir de la actitud asumida por la persona que se expone a él.

· RIESGO DINAMICO: Es aquel que se presenta cuando la posibilidad del accidente o enfermedad aumenta o disminuye a partir de la energía cinética presente en el objeto o sustancia, la cual se potencializa mucho más con la actitud que asume la persona que se halla en su área de influencia.

Según las CONDICIONES LEGALES O CONTRACTUALES el riesgo puede ser:

· RIESGO COMÚN: Es la probabilidad de sufrir un accidente o enfermedad durante la realización de cualquier actividad cotidiana no laboral.

· RIESGO OCUPACIONAL: Es la probabilidad de sufrir un accidente o enfermedad en y durante la realización de una actividad laboral no necesariamente con vínculo contractual.

· RIESGO PROFESIONAL: Es la probabilidad de sufrir un accidente de trabajo o una enfermedad profesional (A.T.E.P) en y durante la realización de una actividad laboral con vínculo laboral vigente dependiente o independiente.

CLASIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE RIESGO

Existen varias clasificaciones de los factores de riesgo para la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (A.T.E.P.)

La siguiente clasificación se propone en función de los efectos para la salud e integridad de los trabajadores, así como de la contaminación del ambiente de trabajo.


CLASES DE RIESGOS PROFESIONALES

La actividad económica de una empresa determina la determina su quehacer. En Colombia mediante el Decreto 1607 de Julio 31 de 2002 del Ministerio del Trabajo - hoy de protección Social - se determina la Tabla de Clasificación de las Actividades Económicas que asume el Sistema General de Riesgos Profesionales Los siguientes son ejemplos de algunas actividades económicas:

· Fundiciones

· Envasado de sustancias químicas

· Hospitales generales

· Cría y manejo de animales

· Centros de educación

En Colombia se determinó dichas clases de riesgo que se presenta en las actividades económicas, en el Artículo 26 del Decreto 1295 de 1994 sobre Administración y Organización del Sistema General de Riesgos Profesionales, así:

Clase

Riesgo

Ejemplos de actividades económicas

V

máximo

Fundiciones

IV

alto

Formulación de sustancias químicas

III

medio

Hospitales generales


CALENDARIO 2010

Enero

1 Año Nuevo
6 Reyes magos

Febrero

9 Día del Periodista y el Comunicador
14 Día de los enamorados o Día de San Valentín
20 Día del Camarógrafo
20 Día de fotógrafo
28 Día del Control Biológico

Marzo

1 Día del Contador
8 Día Internacional del Recuperador
8 Día Internacional de la Mujer
15 Día del Consumidor
17 Día del Sicoorientador
18 Día del Negociador Internacional
21 Día Mundial del Meteorólogo
22 Día Mundial del Agua
23 Día del Optómetra
24 Día del Locutor
26 Día Mundial del Clima
27 Día Internacional del teatro

Abril

1 Día del Controlador Técnico de Audio
7 Día Mundial de la Salud
9 Día del Saneamiento Ambiental
10 Día del Florista
22 Día Mundial de la Tierra
23 Día del Idioma
23 Día del Bibliotecólogo
23 Día del Libro
25 Día de la Niñez y la Recreación
26 Día de la Secretaria
27 Día del Diseñador Grafico
28 Día del Bacteriólogo
Día de la Novia (1er. Domingo de abril)
Día del Matrimonio (4to.domingo)
Día del Niño (ultimo domingo)

Mayo

1 Día Internacional del Trabajo
9 Día Internacional de las Aves
10 Día del Veterinario
12 Día de la Enfermera
12 Día del Estadista y del matemático
15 Día del maestro
17 Día Mundial del Reciclaje
17 Día Interamericano de la Comunicación/Internet
22 Día Internacional de la Diversidad Biológica
23 Día del Comerciante
31 Día Mundial del NO FUMADOR
Día de la Madre (Ultimo domingo)

Junio

1 Día Internacional del Niño
3 Día del Campesino
5 Día Mundial del Medio Ambiente
8 Día Mundial de los Océanos
8 Día del Estudiante Colombiano
17 Día Mundial de la Lucha Contra la Desedificación y la Sequía
17 Día del Higienista Dental
22 Día del Abogado
18 Día del Empresario
22 Día del Zootecnista
28 Día Mundial del árbol
Día del Padre (3er domingo)

Julio
3 Día del Economista
4 Día del Cooperativismo
4 Día del Dibujante
11 Día Mundial de la Población
13 Día del Panadero
13 Día del Transportador
17 Día del Jubilado
19 Día del Héroe de la Nación
17 Día del Bodeguero
28 Día de la salud en el mundo del trabajo

Agosto

7 Día del Ejercito Nacional
9 Día mundial de la Población Indígena
11 Día del Nutricionista
11 Día de la Independencia de Antioquia
12 Día del Recreador
13 Día Nacional de las Organizaciones Ecológicas y Ambientales Y Día del Aire Puro
13 Día del Humorista
17 Día del Ingeniero
21 Día del Tendero
26 Día del Tecnólogo de alimentos
28 Día del Peluquero 28
29 Día Internacional de la Lucha Contra el Ruido
Día del Adulto Mayor (4o.domingo)

Septiembre

4 Día del Fonoaudiólogo
6 Día del Inmigrante
8 Día Internacional de la Alfabetización
11 Día de la Biodiversidad.
15 Día del Gerontólogo
16 Día Internacional de la Preservación de la Capa de Ozono
19 Día del Amor y la Amistad
25 Día del Biólogo
26 Día de las Relaciones Publicas
26 Día de la Seguridad Social
27 Día del Turismo
28 Día del Vendedor
27 Día de la tía
30 Noche de los mejores (máximo evento del Comercio Antioqueño)

Octubre

3 Día del Odontólogo
3 Día del Archivista
3 Día de la Suegra
4 Día de las Aves
4 Día del Mesero
4 Día del Poeta
5 Día Panamericano del Agua
6 Día Mundial del Hábitat
12 Día de la Raza
12 Día del Cronista Deportivo
14 Día de los Tecnólogos
15 Día Internacional de la Reducción de Desastres
16 Día Internacional del Jefe
19 Día Nacional de la Guadua
21 Día del Promotor Social
22 Día del Trabajador Social
25 Día del Administrador
27 Día del Arquitecto
27 Día del Mensajero
31 Día de los Niños (disfraces)
31 Día del Ahorro

Noviembre

1 Día de los Santos
1 Día del Vigilante
2 Día del profesional Funerario
4 Día del Administrador de Empresas
5 Día de la Policía
6 Día de los Parques Naturales
17 Día de la Terapeuta Ocupacional
22 Día de los Músicos
24 Día del Agrónomo
28 Día de la Modista, el Sastre y la Diseñadora de Moda
24 Día del Sicólogo
25 Día Internacional de la no violencia
25 Día del Instrumentador
26 Día mundial uso de plaguicidas

Diciembre

1Día del Químico Farmacéutico
1Día Internacional de la lucha contra el Sida
3Día Panamericano del Medico
4Día del Publicista
5Día del Bombero
10Día de los Derechos Humanos
10Día del Sociólogo
16Día del Aguinaldo
17Día del Ambientalista
17Día del Piloto
25Navidad
28Día de los Inocentes

martes, 26 de enero de 2010

LA ACTITUD MENTAL POSITIVA: UNA CAMINO HACIA EL ÉXITO

Napoleon Hill- W. Clement Stone


La mayoría de los libros que pretenden servir de guía para la autoayuda, deberían valorar al lector para así estimularle a emprender una acción deseable. Y siguiendo ese criterio “La Actitud Mental Positiva: Una camino hacia el éxito” es unos de los libros de mayor inspiración para la autoayuda de mayor éxito en el siglo XX y tiene como base principios universales en forma de factores de automotivación:
- Toda adversidad lleva la semilla de un beneficio equivalente o todavía mayor.
- La grandeza es para aquellos que desarrollan un ardiente deseo de alcanzar objetivos elevados.
- El éxito lo alcanza y lo mantienen aquellos que lo intentan y lo siguen con una AMP (Actitud Mental Positiva).
- Para convertirse en un experto en cualquier actividad humana hace falta practica.
- La mayor fuerza del hombre estriba en la fuerza de la plegaria.
La Actitud Mental Positiva: Una camino hacia el éxito, consta de cinco grandes partes con veintidós temas de superación personal y a continuación resaltaremos los puntos más importantes de cada tema.

PRIMERA PARTE
DONDE SE INICIA EL CAMINO


1. Conozca a la persona viviente más importante.
Su mente es un talismán invisible. Las letras AMP (Actitud Mental Positiva) se hallan grabadas en la cara y las letras AMN (Actitud Mental Negativa) se hallan grabadas en la otra. Se trata de fuerzas muy poderosas. La AMP es la actitud mental adecuada para cada ocasión concreta. Posee la capacidad de atraer lo bueno y lo bello. La AMN le aparta de todo aquello que hace que la vida merezca la pena de ser vivida y nunca la subestime ya que esta puede impedir que se beneficie de la buena suerte.
Convierta en realidad la posibilidad de lo improbable adquiriendo una AMP. Dígase a sí mismo, tal como Henry Ford les decía a sus ingenieros: “sigue trabajando”, no permita que su actitud mental le convierta en una piza de museo cuando alcance el éxito o surja una depresión.

2. Usted puede cambiar su mundo.

Principios del éxito:
- Una actitud mental positiva
- Precisión de los objetivos
- Recorrer un kilometro mas
- Exactitud de pensamiento
- Autodisciplina
- Genio creador
- fe aplicada
- Una personalidad agradable
- Iniciativa personal
- Entusiasmo
- Atención controlada
- Labor de equipo
- Aprender de la derrota
- Visión creadora
- Dedicación de tiempo y dinero
- Conservación de una buena salud física y mental
- Utilización de la fuerza del hábito cósmico

Usted puede cambiar su mundo, para alcanzar algo que se merezca la pena en la vida, es necesario fijarse elevados objetivos y tener la voluntad de alcanzarlos. ¿Ya pensó cuáles son esos objetivos que desea alcanzar? Cuando usted establece sus propósitos y objetivos concretos, observara que varios principios del éxito tendrán que ponerse automáticamente en funcionamiento para ayudarle a alcanzarlos.

3. Elimine las telarañas de su pensamiento.

Usted es lo que piensa, sus pensamientos se valoran según su actitud sea positiva o negativa. Puede eliminar las telarañas mentales de las pasiones, emociones, sentimientos, tendencias, creencias y hábitos, cambiando su talismán invisible de la AMN a la AMP.
Dirija sus pensamientos; controle sus emociones y guíe su destino. Aprenda de memoria y repita con frecuencia los factores de automotivación.

4. ¿Se atreverá usted a pasar los poderes de su mente?

Usted es una mente con un cuerpo. Su cuerpo es un aparato eléctrico. Su cerebro es un mecanismo eléctrico maravilloso. Su mente tiene dos partes: La conciencia y el subconsciente y ambas funcionan conjuntamente.
Su cerebro envía energía en forma de ondas y esta energía es una fuerza que puede influir en otra persona u objeto, esto puede implicar recibir nuevos conocimientos que pueden ser peligrosos. Atrévase a explorar los poderes de su mente.

5. Y algo más.

Si ha fracasado en un empeño, podría deberse a que le falta algo más…
La AMN es una de las principales causas de fracaso, tal vez ignore usted inútilmente los hechos o tal vez los conozca alguno pero no sepa cómo aplicarlos a una necesidad concreta.
Cuando uno busca el éxito con una AMP, lo sigue intentando, sigue buscando para encontrar algo más que el fracaso.


SEGUNDA PARTE
CINCO BOMBAS PARA ENFRENTARSE AL ÉXITO

6. ¿Tiene usted un problema? Estupendo!

Es estupendo tener un problema porque las repetidas victorias sobre sus problemas constituyen peldaños de las escaleras que le conducirán al éxito. A cada victoria aumenta la sabiduría, su situación y su experiencia. Como persona, se sentirá mejor, más madura y más afortunada cada vez que tropieza con un problema, lo aborda y lo supera con una AMP.

Puede usted dirigir sus pensamientos, controlar sus emociones y encauzar su destino reconociendo, estableciendo relación y aplicando los principios que sean aplicables a su caso.

7. Aprenda a ver.

La visión es una facultad que se aprende, pero al igual que todas las facultades hay que ejercitarlas.
Vea las aptitudes, capacidades y puntos de vista de otra persona. Tal vez creamos conocer nuestras aptitudes; y sin embargo, es posible también que otros estén ciegos. Debemos adquirir una AMP y aprender a comprender las aptitudes, fijándose objetivos concretos y asi empezar a ascender en el éxito.

8. El secreto para conseguir las cosas.

Descubrir el secreto de conseguir las cosas conseguirá adquirir un factor de automotivación tan poderoso que le obligara subconscientemente a emprender una acción deseable pues se trata, en realidad, de un mecanismo de autoarranque. Y sin embargo, puede usted utilizarlo a voluntad. Cuando lo haga, superara la demora y la pereza.

9. Como estimularse a sí mismo.

El estimulo es aquello que induce a la acción o determina la opción. Es aquello que proporciona un motivo. Un motivo es un impulso interior dentro del individuo que le incita a actuar, por ejemplo: un instinto, una pasión, una emoción, un hábito y un estado de ánimo.
Para aprender a estimularse a sí mismo para un propósito determinado o para estimular a los demás, tendría que comprender usted claramente estos diez motivos básicos:

- El instinto de la conservación
- La emoción del amor
- La emoción del temor
- La emoción de la sexualidad
- El deseo de vida después de la muerte
- El deseo de libertad de cuerpo y alma
- La emoción de la ira
- La emoción del odio
- El deseo de reconocimiento y de expresión propia personalidad
- El deseo de riqueza natural

10. Como estimular a los demás
Es importante saber cómo estimular a los demás con eficacia y con una dirección deseable. A lo largo de su vida, usted desempeña un doble papel en el que estimula a los demás y los demás le estimulan a usted: padre e hijo, profesor y alumno, vendedor y comprador, amo y criado: usted desempeña todos estos papeles.
Estimule a los demás a tener confianza en sí mismos, mostrándoles que confía en ellos y confié en sí mismo. Si sabe lo que estimula a una persona, podrá usted estimularla, aprendiendo el arte del estímulo con una AMP.

TERCERA PARTE
LA LLAVE DE LA CIUDADELA DE LA RIQUEZA

11. ¿Existe algún atajo hacia la riqueza?

Un atajo se define como una medio para alcanzar algo más directa y rápidamente que utilizando un procedimiento ordinario. Es un camino más directo que el que se sigue normalmente.
El hombre que toma un atajo conoce su destino, conoce el camino que es más directo; y sin embargo, jamás llegara a su destino a menos que se ponga en marcha y siga avanzando hacia él pensar de las interrupciones que ocurran o los obstáculos con que tropiece.
Usted debe seguir el camino más directo, usted tiene necesariamente que pensar con una AMP y una Actitud Mental Positiva es el resultado de la aplicación de los 17 principios del éxito.

12. Atraiga- no ahuyente- la riqueza

Aprenda a fijar sus objetivos con los siguientes pasos:
- Anote su objetivo: Entonces sus pensamientos empezarán a “cristalizar”. El mismo acto de pensar mientras escribe tendera a crear una impresión indeleble en su memoria.
- Fíjese un límite: Especifique un tiempo para alcanzar su objetivo. Eso es importante para su estimulo, póngase en marcha en la dirección de su objetivo y siga avanzando hacia él.
- Impóngase unas normas elevadas: cuanto más alto apunte a su objetivo principal, hablando en términos generales, tanto más concentrado será el esfuerzo que usted realice para alcanzarlo.
- Apunte alto: Resulta curioso el hecho de apuntar alto en la vida y de buscar la prosperidad y la abundancia, no requiera un esfuerzo mayor que el de aceptar la miseria y la pobreza.

13. Si no tiene dinero utilice el DOP!

El Dop (Dinero de otras personas),puede se de una gran ayuda para una persona con una AMP ya que recibirá muchos beneficios, El capitalismo. Sin Embargo lo que es bueno puede ser perjudicial para una persona con una AMN. El crédito no constituye ninguna excepción, pues puede hacer que una persona honrada se convierta en deshonesta. Ya que el honrado nunca abusa de los créditos.
La premisa básica no está escrita en el lema: Utilice el DOP, es decir: actuar según las mas latas normas éticas de la integridad, el honor, la honestidad, la lealtad, y la regla de oro.

14. Como hallar satisfacción en su trabajo.

Independientemente de cuál sea su ocupación usted está obligado a hallar satisfacción en su trabajo mientras lo tenga.
La satisfacción es una actitud mental. Su actitud mental es lo único sobre lo cual solo usted puede ejercer un control completo. Puede usted adoptar la decisión de hallar satisfacción en su trabajo y descubrir el medio de conseguirlo. Es mas probable que halle usted satisfacción en un trabajo si hace lo que le resulta natural, es decir, aquello para lo cual tiene usted una aptitud o inclinación natural.

15. Su magnifica obsesión.

Para desarrollar una magnifica obsesión entréguese a los demás sin esperar recompensa, pago o alabanza. Mantenga en secreto sus buenas obras.
Independientemente de quien sea usted o de lo que haya sido, puede crear en su fuero interno un ardiente deseo de ser útil a los demás. Puede desarrollar una magnifica obsesión propia si tiene AMP.

CUARTA PARTE
¡PREPARESE A ALCANZAR EL ÉXITO!

16. Como elevar su nivel de energía.

¡La AMP exige un buen nivel de energía y viceversa! Cuando se siente usted fatigado, sus sentimientos, emociones, pensamientos y acciones habitualmente positivos muestran tendencia a resultar negativos. Cuando se encuentra descansando y goza de buena salud, la dirección cambia de nuevo a positiva. A menudo, la fatiga saca lo peor que dentro de usted. ¡Cuando tenga batería está cargada y su nivel de energía y actividad es normal, se encuentra se encuentra usted en el mejor momento!

17. Usted puede gozar de buena salud y vivir a mismo tiempo.

La Actitud Mental Positiva desempeña un importante papel en su salud y en sus energías y esfuerzos cotidianos de su vida y por su trabajo. La frase “cada día en todos los sentidos, por medio de la gracia de Dios, voy mejorando cada vez mas” no constituye una especie de amuleto para el hombre que la repite varias veces al día al despertarse y al acostarse.
En cierto modo, lo que éste hace es utilizar en su propio beneficio las fuerzas de la AMP. Está utilizando las fuerzas que atraen las mejores cosas de la vida para él. Nunca abandone la esperanza, porque siempre hay una cura potencial para todas las dolencias.

18. ¿Puede usted atraer la felicidad?

Existen muy pequeñas diferencias entre las personas, pero esta pequeñas diferencias con las que constituyen la gran diferencia!
Las personas que quieren ser felices adoptaran una AMP y se hallaran bajo la influencia de la cara de su talismán correspondiente a la AMP, de este modo atraerá la felicidad y las que se decidan por la AMN, se empeñaran en ser desgraciadas.
Sea sensible a sus propias reacciones ya las reacciones de los demás.

19. Libérese de ese sentimiento de culpabilidad.

Usted experimenta un sentimiento de culpabilidad. ¡Eso es bueno!
El sentimiento de culpabilidad es bueno. Pero libérese de él. Toda persona, con independencia de la buena o mala que pueda ser, puede experimentar a veces en un sentimiento de culpabilidad. Este sentimiento es el resultado de una suave vocecita que le habla.
Una formula recomendada para liberarse del sentimiento de culpabilidad consiste en:
- Escuchar un consejo, una conferencia, un sermón, etc.
- Hacer un repaso de las dadivas recibidas y darle las gracias a Dios por ellas.
- Después, lamentar sinceramente sus malas obras. El verdadero pesar incluye necesariamente una sincera decisión de apartarse del mal.
- Dar el primer paso hacia adelante: reconocer su culpa y su intención de enmendarse.
- Reparar el mal en la medida de lo posible.

QUINTA PARTE
¡ACCION, POR FAVOR!

20. Ha llegado el momento de poner a prueba su consiente de éxito.

Revise con frecuencia su análisis de consiente del éxito hasta que pueda decidirse sinceramente a sí mismo: “ahora puedo dar la respuesta adecuada a cada pregunta”. Puede usted resolver los problemas o desarrollar los hábitos deseables haciéndose así mismo las preguntas adecuadas.

21. Despierte al gigante dormido de su interior.

Usted es la persona viviente más importante. Deténgase a pensar acerca de sí mismo: en toda la historia del mundo, jamás hubo nadie exactamente igual a usted y , en toda la infinidad del tiempo venidero jamás habrá otra.
Usted es el producto de su herencia, ambiente, cuerpo físico, conciencia y subconsciente y en particular situación y orientación en ele tiempo y en el espacio… y algo mas, incluyendo conocidos y desconocidos.

22. El asombroso poder de una Bibliografía

Evalué el libro la Actitud Mental Positiva: Un camino hacia el éxito a través de lo que usted piense y haga realmente a fin de ser una persona mejor y conseguir que también sea mejor el mundo en que usted y otras personas puedan vivir.