jueves, 28 de enero de 2010

RIESGOS PROFESIONALES

Cualquier condición de un trabajo que puede resultar en enfermedad o lesión y según las CARACTERÍSTICAS ENERGÉTICAS, el riesgo puede ser:

· RIESGO ESTATICO: Cuando la posibilidad del accidente o de enfermedad aumenta o disminuye a partir de la actitud asumida por la persona que se expone a él.

· RIESGO DINAMICO: Es aquel que se presenta cuando la posibilidad del accidente o enfermedad aumenta o disminuye a partir de la energía cinética presente en el objeto o sustancia, la cual se potencializa mucho más con la actitud que asume la persona que se halla en su área de influencia.

Según las CONDICIONES LEGALES O CONTRACTUALES el riesgo puede ser:

· RIESGO COMÚN: Es la probabilidad de sufrir un accidente o enfermedad durante la realización de cualquier actividad cotidiana no laboral.

· RIESGO OCUPACIONAL: Es la probabilidad de sufrir un accidente o enfermedad en y durante la realización de una actividad laboral no necesariamente con vínculo contractual.

· RIESGO PROFESIONAL: Es la probabilidad de sufrir un accidente de trabajo o una enfermedad profesional (A.T.E.P) en y durante la realización de una actividad laboral con vínculo laboral vigente dependiente o independiente.

CLASIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE RIESGO

Existen varias clasificaciones de los factores de riesgo para la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (A.T.E.P.)

La siguiente clasificación se propone en función de los efectos para la salud e integridad de los trabajadores, así como de la contaminación del ambiente de trabajo.


CLASES DE RIESGOS PROFESIONALES

La actividad económica de una empresa determina la determina su quehacer. En Colombia mediante el Decreto 1607 de Julio 31 de 2002 del Ministerio del Trabajo - hoy de protección Social - se determina la Tabla de Clasificación de las Actividades Económicas que asume el Sistema General de Riesgos Profesionales Los siguientes son ejemplos de algunas actividades económicas:

· Fundiciones

· Envasado de sustancias químicas

· Hospitales generales

· Cría y manejo de animales

· Centros de educación

En Colombia se determinó dichas clases de riesgo que se presenta en las actividades económicas, en el Artículo 26 del Decreto 1295 de 1994 sobre Administración y Organización del Sistema General de Riesgos Profesionales, así:

Clase

Riesgo

Ejemplos de actividades económicas

V

máximo

Fundiciones

IV

alto

Formulación de sustancias químicas

III

medio

Hospitales generales


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